by contacto.wepastudio@gmail.com | Oct 2, 2025 | Destacado, Política
La Liga de Intendentes Justicialistas de Entre Ríos denunció que el anuncio del gobernador sobre el tope de tasas municipales en la factura de luz es electoralista y afecta la autonomía de los municipios. El comunicado completo.
La Liga de Intendentes Justicialistas de Entre Ríos difundió un comunicado en el que cuestionó duramente al gobernador de la provincia por realizar un anuncio sobre el tope de tasas municipales en las facturas de energía eléctrica durante la veda electoral. Los jefes comunales consideraron la medida como un acto “oportunista, electoralista e irreal”, que no contempla la difícil situación económica que atraviesan las administraciones locales.
Rechazo a la unilateralidad
Según expresaron, la iniciativa provincial “se encuentra en tratamiento y debate con todos los municipios”, debido a que implica “un deterioro grave de las arcas municipales sin acompañamiento de los estados nacional ni provincial, sin subsidios y con paralización de obras que nos vimos obligados a continuar con recursos propios”, indicaron en el escrito enviado a este medio.
Los intendentes remarcaron que están dispuestos a acompañar “una propuesta seria y equilibrada que beneficie a los vecinos”, pero advirtieron que las decisiones sobre la financiación de los servicios públicos deben surgir del diálogo institucional y del respeto a la autonomía de los municipios. “Nunca de anuncios unilaterales en medio de un proceso electoral, que generan confusión
by contacto.wepastudio@gmail.com | Oct 2, 2025 | Destacado, Política
Se confirmó la llegada de Javier Milei el sábado 4 de octubre a Paraná.
En ese marco, el Presidente se reunirá con el gobernador Rogelio Frigerio, con quien estrechó una alianza electoral en la provincia, y convocan a un encuentro con la militancia en la Costanera Baja.
El encuentro está previsto para el sábado a la hora 18.00 en la esquina de Laurencena y Acuerdo de San Nicolás de Paraná. Se dará en el marco de la campaña electoral, de cara a las Legislativas del 26 de octubre.
El Presidente formó en la provincia una alianza electoral con el gobernador Frigerio, que lidera el frente Juntos por Entre Ríos que componen centralmente el PRO y la UCR. Y llegará a Entre Ríos para respaldar los candidatos locales de ALLA.
Andrés Laumann encabeza la boleta para diputados y Joaquín Benegas Lynch y Romina Almeida ocupan los dos puestos expectantes de ingresar al Senado con un triunfo libertario en Entre Ríos. El gobernador colocó a la actual presidenta del Consejo de Educación, Alicia Fregonese (PRO), en el segundo lugar para Diputados y a su ministro de Planeamiento, Darío Schneider (UCR), tercero en la lista.
Entre Ríos renovará el 26 de octubre cinco bancas en la Cámara de Diputados de la Nación y las tres del Senado.
Fuente: Ahora-EER
by contacto.wepastudio@gmail.com | Oct 2, 2025 | Destacado, Policiales
Rodolfo Jáuregui, juez de Familia y Penal de Niños y Adolescentes Nº 2 de Concordia, hizo lugar al planteo realizado por la defensora pública Luciana Cometti y declaró la inconstitucionalidad de los artìculos 77 y 109 de la Ley provincial Nº 9.861, incorporados por ley Nº 10.450, los cuales establecen la procesabilidad penal de los adolescentes mayores de 14 y menores de 16 años de edad. En consecuencia, el juez rechazó el pedido de la Fiscalía de fijación de audiencia de imputación de una joven de 14 años.
Sin perjuicio de que el Equipo Técnico Interdisciplinario informó que la adolescente en cuestión no se encontraba en condiciones psíquicas de participar de la audiencia, la representante del Ministerio Pupilar se opuso a la comparecencia por entender que esto implicaría someterla a un acto procesal en sí mismo, donde se realiza una acusación y se emite una resolución judicial, por lo que se trata de un acto jurisdiccional propio del sistema penal.
Este sometimiento a un proceso penal —adujo la defensora— se contrapone con el cambio de paradigma que trajo consigo la Convención de los Derechos del Niño, con jerarquía constitucional, de no instrumentalizar a los niños, niñas y adolescentes no punibles. Además, consideró que el abordaje de esos NNyA debe ser en el ámbito del sistema administrativo de protección de derechos, en el que se los trata como sujetos de derechos y con un abordaje orientado a la restauración.
Los artículos cuestionados prescriben que los adolescentes mayores de 14 y menores de 16 años únicamente podrán ser sujetos a proceso penal por delitos dolosos que se perpetraren contra la vida, contra la integridad sexual, lesiones graves y gravísimas, y/o cometidos con armas de fuego.
Para fundamentar la inconstitucionalidad, el magistrado citó el voto del juez Daniel Carubia en el precedente del Superior Tribunal de Justicia Sala I en lo Penal “M., F. D. – O. C. D. (menor no punible) s/ homicidio agravado y homicidio agravado por el vínculo en grado de tentativa s/impugnación extraordinaria”, de fecha 18 de junio de 2025: Allí, Carubia marca que el artículo 109 de la Ley N° 9.861 es claramente contradictorio con el 111, primer párrafo de la misma ley, que expresamente establece: “En ningún caso se aplicarán medidas de coerción procesal en relación a menores de edad no punibles”.
A su vez, agregó que las normas contravienen tanto a la Ley Nº 22.278 reformada por Ley Nº 22.803, como a la Convención de Derechos del Niño (art. 75 inc. 22). Asimismo, citó pronunciamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la justicia de menores y las Observaciones Generales Nº 10 (2007) y Nº 24 (2019) del Comité de los Derechos del Niño.
En conclusión, consideró que no hay dudas de que en Argentina las niñas, niños y adolescentes entre los 14 y 16 años de edad no pueden ser sometidos a un proceso penal, sea cual fuere el hecho cuya comisión se les atribuya; ni acusados, sin importar que el procedimiento no concluya con una medida sancionatoria, toda vez que el propio sometimiento a un proceso penal de por sí acarrea una estigmatización y el contacto con ese tipo de proceso ha sido calificado como perjudicial para NNyA por el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas.
by contacto.wepastudio@gmail.com | Oct 2, 2025 | Destacado, Interés general
El Senasa cerró el brote en aves de granjas comerciales y le comunicó a la OMSA la restitución del estatus sanitario de nuestro país.
Tras la atención y cierre del brote de influenza aviar altamente patógena (IAAP) H5 detectado en agosto en la localidad de Los Toldos, el Senasa se autodeclaró libre de la enfermedad y remitió el informe correspondiente a la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA), para su publicación oficial.
Con la finalización de las tareas de sacrificio, enterramiento, limpieza y desinfección, y habiendo transcurrido más de 28 días sin novedades sanitarias, el servicio nacional envió el informe de autodeclaración de libre a la OMSA y retomará el comercio de mercancías aviares con sus distintos socios.
El documento enviado describe y detalla todas las acciones que se realizaron desde que el Senasa recibió la notificación de sospecha, en consonancia con todos los procedimientos y recomendaciones sanitarias internacionales para la contención y erradicación de la enfermedad. Compartir esta información no sólo contribuye a los procedimientos de transparencia para los países importadores de productos aviares, sino que también fortalece su confianza en los sistemas nacionales de vigilancia y control de nuestro país.
Por otra parte, es importante destacar que las tareas de vigilancia epidemiológica continúan en todo el territorio nacional, por lo que se recomienda a los productores avícolas continuar con las medidas de manejo sanitario, higiene y bioseguridad necesarias y obligatorias para reducir el riesgo de ingreso del virus a sus establecimientos, de acuerdo a la Resolución Senasa 1699/2019.
Además, se recuerda a los responsables de la sanidad y bienestar de las aves en predios comerciales, como así también a los tenedores de aves de traspatio, la importancia de notificar rápidamente una sospecha de IAAP al Senasa, ya que una detección temprana ante un eventual brote facilita la contención del virus y evita su propagación.
Por ello, si se observan signos clínicos compatibles con la enfermedad, como mortandad, sintomatología nerviosa, digestiva y/o respiratoria en aves domésticas, se debe dar aviso inmediato al Senasa en su oficina más cercana (personal o telefónicamente); por WhatsApp, al (11) 5700 5704; escribiendo un correo electrónico notificaciones@senasa.gob.ar; o través del Formulario Avisá al Senasa, disponible en el sitio web oficial. Para mayor información, ingresar en el micrositio de influenza aviar del Senasa
by contacto.wepastudio@gmail.com | Oct 2, 2025 | Destacado, Educación
La seccional Uruguay de la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer) lanzó un fuerte reclamo por la falta de docentes para cubrir cargos en nivel primario y exigió al Consejo General de Educación (CGE) la agilización de trámites excepcionales para que maestros puedan acumular más de un cargo y así cubrir los cargos, tal como lo permite el artículo 40 de la Constitución de Entre Ríos.
“No podrán acumularse en una misma persona dos o más empleos, aunque el uno sea de la Provincia y el otro de la Nación, municipio o comuna con excepción de los del magisterio y los de carácter profesional técnico cuando la escasez del personal haga necesaria la acumulación. Fuera de estos casos, la aceptación del nuevo empleo hace caducar el anterior”, dice la norma constitucional.
Agmer Uruguay alertó que “desde marzo quedan cargos de grados sin cubrir, tanto en la ciudad como en el interior del departamento, donde es más grave aún la situación. Los motivos de la no cobertura de estos cargos son variados, pero principalmente se debe a que cada vez menos jóvenes eligen la carrera docente y eso tiene por principal motivo los bajos sueldos que desde hace años paga el Estado Provincial –situación reiteradamente denunciada por nuestra Seccional-, únicos responsables de la situación salarial agravada en estos últimos tiempos”.
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“En años anteriores la falta de cobertura de suplencias se solucionaba puesto que docentes tomaban un segundo cargo en situación de ´excepcionalidad´ permitida por el artículo 40° de la Constitución de Entre Ríos. Estos docentes que toman por artículo 40° se encuentran en tal precarización laboral –sus suplencias no se renuevan automáticamente, demoran largo tiempo en cobrar sus haberes, no siempre se les autorizan licencias, aunque sean de 1 día (por duelo o perfeccionamiento por ejemplo)- lo que motiva que esta alternativa no alcance para cubrir todas las suplencias”, indicó el gremio.
Y agregó: “La no cobertura de suplencias trae aparejado otro problema y es que son los docentes que ocupan cargos directivos los que se encargan de enseñar a los chicos y, obviamente, dejan de realizar sus tareas de directivos y/o sufren la sobrecarga laboral. Esto en un contexto donde el Consejo General de Educación cada vez exige más documentación a los equipos directivos”.
Fuente- EER